En la mañana del sábado, autoridades municipales informaron nuevas medidas que garanticen el cumplimiento del aislamiento social obligatorio.
El intendente Pedro Dellarossa acompañado por la Lic.Verónica Crescente, la presidenta del Concejo Deliberante. Sara Majorel, el Dr. Leonardo Ayuso, la Cra.Paola Anastassi, la Dra.Vilma Sigaudo, y.Jorge D’ Antonio. informaron los detalles del Decreto 035
D E C R E T O Nº 035
VISTO:
La “Emergencia Pública Sanitaria” declarada en todo el país; y
CONSIDERANDO:
Que es un deber de la autoridad municipal velar por la salud de sus ciudadanos, garantizar las condiciones para el logro de dicho objetivo acompañando y coordinando las actividades con los Gobiernos Provincial y Nacional, y que a pesar de la vigencia plena de la medida de “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”, existen personas que se niegan a acatar las mismas, cuestionan sus alcances y desobedecen las instrucciones de las autoridades de control del cumplimiento y en virtud de lo dispuesto por el Art. 11 del Decreto Nº 297 del PEN;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUÁREZ
D E C R E T A
Art.1) La Secretaria General de Servicios y la Secretaría de Salud a través de las Direcciones de: Seguridad vial y Protección Ciudadana, Inspección General y Espectáculos Públicos y Bromatología son las Áreas facultadas a través de sus funcionarios, para el cumplimiento de las limitaciones establecidas.-
Art.2) Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” u otras normas dispuestas para la protección pública en el marco de la emergencia sanitaria se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad de seguridad competente.-
Art.3) Se dispone que la cantidad de personas que se admitirán dentro de los comercios exceptuados por el Art. 6) del Decreto Nº 297 se limita al doble del número de cajas de cobro en funcionamiento. Los clientes deberán guardar un metro y medio de distancia entre sí y con los empleados, la misma que deberán mantener las personas que esperen en el exterior para ingresar.-
Art.4) Se establece como horario de cierre de todos los comercios exceptuados de las medidas las 20.30 horas.-
Art.5) Los envíos a domicilio de comidas elaboradas no podrán realizarse después de las 23 horas.-
Art.6) Las disposiciones de los Arts. 3), 4) y 5) entran en vigencia a partir del día sábado 21/3/2020.-
Art.7) Comuníquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
foto de encabezado: Radio Mas Marcos Juárez
