El intendente Pedro Dellarossa firmó un nuevo decreto en virtud del “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”
MARCOS JUÁREZ, 15 de Abril de 2020.-
D E C R E T O Nº 043
VISTO:
La situación de pandemia declarada por la OMS a raíz de la propagación del Covid-19;
y
CONSIDERANDO:
Que las medidas tomadas desde el Gobierno Municipal y el acatamiento de las mismas
por parte de la ciudadanía han contribuido a que luego de transcurridos veintiséis días desde
que se decretara el “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”, en Marcos Juárez no se haya
detectado ningún caso positivo de Covid-19;
Que resulta necesario seguir garantizando las condiciones de higiene y seguridad
establecidas para preservar la salud de las personas que deben salir y trasladarse en el estricto
cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales y de quienes ejercen las
actividades y servicios exceptuados de prohibiciones, así como de los vecinos que deben
salir a abastecerse y/o a cumplir con obligaciones impostergables;
Que en la coordinación de medidas con otros organismos y fuerzas locales y
provinciales y siempre en miras de proteger la salud de todos los marcos juarenses;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUAREZ
D E C R E T A
Art.1) Dispóngase la obligatoriedad de cubrir la boca y nariz, mediante el uso de cualquier
elemento eficaz para tal fin, para todas las personas que se encuentren en espacios públicos
o privados, abiertos o cerrados de la ciudad de Marcos Juárez.-
Art.2) Modifíquese el Art. 4) del Decreto 035/2020; estableciéndose como horario obligatorio,
la franja comprendida entre las 8:00 y las 18:00 horas, para todas las actividades y servicios
considerados esenciales y exceptuadas legalmente de la prohibición vigente en todo el país
establecidas por el PEN. Las empresas e industrias cuyo proceso productivo exigiere un
horario distinto al aquí establecido, deberán requerir autorización a la autoridad competente.-
Art.3) Los titulares de comercios comprendidos en la excepción establecida en el DNU Nº
297/2020 y sus ampliaciones sucesivas, deberán, además de ajustarse a lo
preceptuado mediante Decreto Nº 035/2020; demarcar fuera del local, la distancia de un metro
y medio que deben guardar entre si las personas en espera, utilizando marcas removibles
en el piso.-
Art.4) Las disposiciones de esta norma entran en vigencia a partir del día 20/04/2020
Art.5) Comuníquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
FIRMADO:
Ing. Pedro G. DELLAROSSA – Intendente Municipal
Verónica R. CRESCENTE – Stria Gral. de Servicios
Dra. Vilma M SIGAUDO – Stria. As. Jcos. As. Letrada
Nuevo Decreto 👇. Podés leerlo en:https://t.co/dHZ30GHUVO pic.twitter.com/UrYEsvkQ1I
— Municipalidad de Marcos Juárez (@lamunimj) April 16, 2020
