Legislatura: Beneficio de Litigar sin Gastos

Córdoba

Hoy en la Legislatura de Córdoba se aprobó la sustitución de la segunda Sección del Capítulo II así como el artículo 140 de la Ley N° 8465, esto es el CPCC de la provincia, en relación al denominado Beneficio de Litigar sin Gastos, y que propone también la modificación del artículo 25 de la Ley N° 10543 sobre beneficio en el proceso de mediación, derogando las disposiciones que resulten incompatibles con el presente proyecto.

Estás modificaciones significan :
Celeridad al trámite del beneficio de litigar sin gastos, teniendo como novedad la tramitación de la solicitud del beneficio, ante un órgano administrativo del Poder Judicial, asegurando la revisión judicial de ser así solicitado, lo que apareja una disminución por supuesto del desgaste judicial y una simplificación del trámite para el ciudadano.
Poder agilizar y simplificar el procedimiento del beneficio de litigar sin gastos tiene como consecuencia directa un mejor y más eficiente acceso a la justicia.

“Esta es, sin dudas, una herramienta fundamental de nuestro sistema de derechos, que permite a cualquier ciudadano poder acudir en condiciones de igualdad frente a un tribunal, para hacer valer sus derechos. Esto es, además, clave en un estado republicano de derecho.
Pero además es una obligación para nosotros, como poder del Estado, buscar mejores y más eficientes herramientas día a día para mejorar el acceso a la justicia.

Recordemos que desde el propio Preámbulo de nuestra Constitución Nacional se reclama como objetivo central el afianzamiento de la justicia.” manifestó la legisladora Julieta Rinaldi en sus redes sociales.