Marcos Juárez ya no tendrá más restricciones horarias

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Desde este sábado 28 de noviembre Marcos Juárez ya no tendrá más restricciones horarias para actividades comerciales, industriales y de servicios.

 

MARCOS JUÁREZ, 27 de noviembre de 2020.-
D E C R E T O Nº 205

VISTO:
La situación epidemiológica sanitaria que estamos transitando; y
CONSIDERANDO:
Que, por acta signada por intendentes y jefes comunales de la provincia de
Córdoba, se establecieron pautas en forma conjunta para coordinar acciones y
adoptar medidas en función de la situación sanitaria y condiciones epidemiológicas
existentes en nuestra ciudad y en la provincia;
Que la situación epidemiológica actual en Marcos Juárez permite mantener el
distanciamiento social preventivo y obligatorio sin necesidad de mantener una
restricción horaria en las actividades productivas, comerciales y de servicios;
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
D E C R E T A
Art.1) Dispóngase para todas las actividades industriales, comerciales y de servicios,
a partir de las 00:00 del día sábado 28 de noviembre de 2020, el levantamiento de las
restricciones horarias que se hubieran establecido en el marco del aislamiento y
posterior distanciamiento social, preventivo y obligatorio por la emergencia sanitaria
nacional debido a la pandemia de SARS-CoV-2 (COVID-19).
Art.2) Las distintas actividades se realizarán en el rango horario que establezcan las
Ordenanzas y/o Decretos que las regulen de manera particular, con estricto
cumplimiento de los protocolos que se encuentran vigentes o se dicten en el futuro y a
los que la Municipalidad de Marcos Juárez adhiera.
Art.3) Habilítense exclusivamente al aire libre, actividades sociales en salones de
eventos, canchas de fútbol, parques públicos y otros multiespacios de grandes
dimensiones, dentro del ejido urbano. Las actividades no se podrán trasladar a
espacios cerrados en caso de mal tiempo.-
Art.4) Instrúyase al personal municipal, para que controle, de acuerdo a las
dimensiones de cada uno de ellos, la cantidad de asistentes, limitándola conforme los
lineamientos que se vienen adoptando en el marco de la pandemia Covid-19,
asimismo, deberán promover en esos espacios las medidas de distanciamiento social
y uso de barbijo.-
Art.5) Publíquese, dese al registro municipal y archívese.-

 

FIRMADO:
Ing. Pedro G. DELLAROSSA – Intendente Municipal
Verónica R. CRESCENTE – Stria Gral. de Servicios
Dra. Vilma M SIGAUDO – Stria. As. Jcos. As. Letrada